lunes, 2 de febrero de 2015

¿Español o castellano? [XLII]

Luisa Teresa Arenas Salas

            ¿Será esta “la pregunta de las 64.000 lochas”, tal como leímos en el primer rito de este año escrito apasionadamente por el padre de los ritos, Edgardo Malaver? Realmente, no. Esta no es una pregunta “muy difícil de responder”, ni su respuesta es “imposible o casi imposible adivinar”. ‘Español o castellano’ es una polémica muy antigua, que llega hasta nuestros días.
            ¿Has sido tú en algún momento protagonista de esta polémica? ¿Cuál de los dos términos empleas? ¿Qué razones has utilizado para justificar ese uso?
            En principio podemos decir que los términos español y castellano se consideran sinónimos para referirnos al nombre de nuestra lengua. Pero es interesante conocer un poco de historia para dilucidar la controversia.
            A finales del siglo XV, el enlace de los Reyes Católicos produce la unificación de los reinos de Castilla y Aragón, quienes convierten a España en una gran potencia, hecho que, como corolario, conduce a la unidad lingüística española. “El castellano, que comienza a llamarse español, se propagó entonces por Flandes, Italia y Francia, sus gentes aprendían el español con agrado y tenían a gala saber hablar castellano” (Gutiérrez y otros, 2007: 24). Ya en el siglo XVI se consolida la unificación literaria y adquiere plena justificación el uso del nombre de lengua española. Se originó el sentimiento colectivo que llevó a ver en el romance castellano una significación más amplia que sobrepasaba lo regional, y un contenido histórico cultural más rico que el estrictamente castellano (2007: 25).
            Enrique Obediente Sosa (1997: 408), con base en esos criterios históricos, afirma:

el término castellano hace referencia a la región de origen, a Castilla; español, por su parte (en boga desde el Renacimiento, es decir, desde la época del despertar de las nacionalidades), hace referencia a la nación, a algo histórico-cultural de significación suprarregional.

            Pero aun así, la polémica se mantiene vigente no solo en España, sino también en Venezuela sustentada en que la constitución de ambos países consagra el término castellano para denominar su lengua oficial, la cual coexiste con las otras lenguas acuñadas como oficiales a nivel regional. Para cotejar esta afirmación puedes revisar el artículo 3 de la Constitución española y el 9 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del año 1999. Esta disposición constitucional ha llevado a estudiosos de la lengua a argumentar la validez de los dos vocablos basados en la sinonimia existente entre ellos. No obstante, en la actualidad se prefiere el nombre español, porque tiene un carácter más internacional.
            Por ello, yo acepto con normalidad que se diga castellano al mencionar nuestra lengua, de acuerdo con la Constitución; sin embargo, prefiero hablar de español, como dice el académico Luis Barrera Linares: “por ser este el nombre más universal de nuestra lengua” (2013: 46). Y, para ser más específica, utilizo “español de Venezuela”. Dejo aquí en el espíritu de los lectores una nueva inquietud, quizás materia para otro rito de ilación, que bien podría satisfacer, por ejemplo, la gran defensora de esta denominación, la lingüista venezolana Minelia de Ledezma.

Bibliografía
Barrera Linares, Luis (2013). La duda melódica. Crónicas malhumoradas. Caracas: Academia Venezolana de la Lengua.
Gutiérrez, María Luz y otros (2007). Introducción a la lengua española. Madrid: Editorial Universitaria Ramón Areces.
Obediente Sosa, Enrique (1997). Biografía de una lengua. Nacimiento, desarrollo y expansión del español. Mérida: Universidad de los Andes.

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Año II / Nº XLII / 2 de febrero del 2015

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